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Comenzamos con las reclamaciones de Guardias
La ficha con la reclamación debes entregarla en el Sindicato provincial
El Sindicato Médico de Euskadi está procediendo a plantear nuevamente una reclamación que tiene como objetivo el que la libranza al día siguiente de la guardia sea efectiva y además se considere como trabajada y computable a efectos del cumplimiento de la jornada anual.
Las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma (5 al menos) mantienen el criterio de considerar la libranza al día siguiente de la guardia como jornada trabajada, con lo que implica para el cómputo de la jornada anual.
Hasta ahora Osakidetza ha recurrido al Tribunal Supremo alguna de estas Sentencias. Los efectos que producen son distintos en personal laboral (cobrar cantidad equivalente o horas de descanso) o en el personal estatutario y funcionario que obliga a compensar con descansos acumulados mensualmente y no con dinero. No obstante, estamos trabajando para conseguir que a todos los Médicos (laborales y estatutarios) se les compense igual.
En estos momentos procedemos a reclamar el periodo comprendido entre Mayo 2.001 y Mayo 2.002 para los médicos laborales, mientras que para los médicos funcionarios y/o estatutarios que no hayan presentado nunca reclamación se podrá efectuar el periodo de 1.997 a 2.002
Los interesados/as en presentar esta reclamación deben hacernos llegar a las sedes provinciales los siguientes datos:
1. La Ficha (descargar en web del SME)
2. Laborales: calendario de guardias de Mayo 2.001 a Mayo 2.002
Funcionarios y estatutarios: calendarios de guardias de los años 1.997 a 2.002. (Sólo y exclusivamente para los que no hayan presentado nunca Reclamación)
3. Una nómina por cada año que se reclama (en la que ya esté incluida la subida salarial del año en curso).
Puedes descargarte el formulario para la reclamación en la siguiente dirección:
[documento de Acrobat Reader. 12 kb., comprimido en formato .zip]