Gabriel Inclán aplaza la aprobación del decreto de libre colegiación del personal médico y de enfermería

El Consejero desautoriza así a su Asesoría Jurídica, que había dado su visto bueno

El pasado 19 de diciembre de 2002, publicamos la noticia de que la obligatoriedad de colegiación del personal médico y de enfermería que trabaja en exclusiva para Osakidetza, podría desaparecer en breve. [ver noticia]

Todo ello en base a la información que los portavoces del Departamento de Sanidad vertieron en la reunión del Consejo Vasco de Salud de ese mes de diciembre, en la que afirmaron que el decreto que lo regularía había pasado ya todos los trámites jurídicos y había recibido el informe favorable del Consejo Jurídico Asesor.

Tal es así que en el mes de enero del año en curso se facilitó al SME-Sindicato Médico un borrador de decreto, por el que se daba vía libre a un nuevo número de identificación, el cual sustituiría al de colegiación en el momento en que ésta dejara de ser obligatoria (Boletín SME nš 46).

Pues bien, hace escasos días el Consejero de Sanidad nos ha enviado una carta en la que nos anuncia su decisión de “aplazar la aprobación del proyecto de Decreto por el que se declara no exigible el requisito de colegiación para los profesionales médicos y de enfermería al servicio de la Administración Pública”.

Alega como motivo el hecho de que las Leyes Autonómicas de Andalucía, Canarias y Extremadura han sido recurridas ante el Tribunal Constitucional por el Gobierno estatal, estando pendientes de sentencia, y aduce que existe una “inseguridad jurídica” en temas como el Registro Civil y recetas de medicamentos, así como la posible responsabilidad patrimonial ante bajas colegiales.

El Consejero Inclán desautoriza de esta manera a los Directores de Régimen Jurídico de los Departamentos de Sanidad y de Justicia, Empleo y SS del Gobierno Vasco, autores del estudio que les fue encomendado a este respecto, y al Consejo Jurídico Asesor.

Esta decisión del Sr Inclán llega al mismo tiempo que la sentencia del TS de fecha 17/03/03 al Recurso nš 8/2387/2002 (ver el artículo publicado en DM el 31.marzo.2003: “La autonomía puede eximir de colegiarse, dice el Tribunal Supremo”) [ver noticia ]

El SME-Sindicato Médico seguirá defendiendo que el pago de las cuotas de colegiación de este personal sea sufragado por Osakidetza, en tanto que la colegiación sea obligatoria para el ejercicio de la actividad médica en el Servicio Vasco de Salud.

A este respecto, el SME recurrió en su día la sentencia desfavorable, que emitió el TSJPV y se halla a la espera de la correspondiente sentencia del Tribunal Supremo.