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Desde hace muchos años los sindicatos venimos reivindicando que se le reconozca la antigüedad al personal temporal de Osakidetza (interinos y eventuales) y se le abonen los trienios, tal y como se hace en el ámbito de la Función Pública Vasca, incluyendo a los propios interinos del Departamento de Sanidad.Pues bien, el reciente Estatuto Marco ha truncado con su articulado las expectativas de este personal, al recoger en su artículo 44, referente a las retribuciones del personal temporal, la siguiente redacción:
El personal estatutario temporal percibirá la totalidad de las retribuciones básicas y complementarias que, en el correspondiente servicio de salud, correspondan a su nombramiento, con excepción de los trienios.
No obstante, desde el SME-Sindicato Médico, seguiremos manteniendo esta vieja reivindicación, aunque, para que pueda entrar dentro de la legalidad actual, hayamos de rebautizarla. Nos da lo mismo el nombre y, si se trata de aportar alguno, vaya por delante uno al azar: "complemento de inestabilidad en el puesto."