sindicato médico de euskadi
euskadiko sendagileen sindikatua


La jornada de trabajo en el Acuerdo 2005

Tras la firma en minoría del nuevo "acuerdo" por los sindicatos LAB, CCOO y UGT, y ante desinformación que constatamos entre los médicos en cuanto a cuál es la jornada real que nos corresponde hacer durante el presente año, hemos creído conveniente aclarar lo que en este nuevo acuerdo se contempla al respecto.

 

 

LA JORNADA ANUAL ORDINARIA EN EL ACUERDO 2005

Para todos los tipos de jornada
(excepto la nocturna):

1.592 horas

Para los turnos nocturnos

1.447 horas

Los que roten en turnos
diurnos y nocturnos

A las horas nocturnas se les aplicará el siguiente factor multiplicador:

- Menores de 55 años: 1,10

- Mayores de 55 años: 1,15

- Mayores de 60 años: 1,20

Debiendo completar 1.592 horas entre la suma de las horas diurnas más las nocturnas, tras aplicar a estas últimas el factor multiplicador correspondiente.

Hora nocturna:

Para el personal de Instituciones Abiertas (P.A.C.)

- 1.433 horas (los que efectuaron esta jornada en el 2004), pero pueden solicitar la ampliación a 1.592 horas

- 1.592 horas (el resto)

 

 

LA JORNADA DEL SÁBADO EN EL ACUERDO 2005

Para calcular el número de sábados a realizar, hay que tener en cuenta los siguientes datos:

la jornada diaria, de lunes a viernes, es de 7 horas.

se trabajan todos los días de lunes a viernes, salvo los festivos y los de las vacaciones

- la jornada de sábado es de 7 horas en hospitales y de 5 horas en atención primaria

- máximo de sábados: 6, salvo quienes vengan realizando un número inferior de sábados, en cuyo caso mantendrán dicha situación, siempre que se cumpla la jornada anual establecida.

- vacaciones: 28 días laborables

- el nuevo acuerdo establece una jornada anual diferente para los médicos que hacen guardias, en los siguientes términos:

"la jornada ordinaria para el personal facultativo en régimen de guardias queda fijado en siete horas, de lunes a viernes"

 

 
LUNES A VIERNES
A TRABAJAR

SÁBADOS A TRABAJAR

DIFERENCIA

ATENCIÓN PRIMARIA

223 días

6 sábados

Se debe 1 hora

ATENCIÓN HOSPITALARIA (médicos que no hacen guardias)

223 días

4 sábados

Se deben 3 horas

ATENCIÓN HOSPITALARIA (médicos que hacen guardias)

223 días

ninguno

 

Nuevamente debemos "agradecer" a los sindicatos firmantes de este "acuerdo 2005" (LAB, CCOO y UGT) la creación de dos tipos de jornada diferentes para un mismo colectivo: los médicos hospitalarios. Y estos son los sindicatos que dicen representar a "todos" los trabajadoresÉ

 

GUARDIAS DE SÁBADO EN EL ACUERDO 2005

TIPO

DURACIÓN

TRABAJO

Presencia Física

24 horas

Atención Urgente
Pase de visita
Altas a pacientes

Localizada

Variable, según Hospitales y Servicios.

Delimitada por Dirección Médica y Jefatura de Servicio

Acudir al centro
cuando se sea requerido

 

 

MÁXIMO DE GUARDIAS MENSUALES EN EL ACUERDO 2005

En este apartado se mantiene el mismo texto que el recogido en el acuerdo anterior (acuerdo del 2000):

De esta forma, se perpetúa la potestad de Osakidetza para determinar un número superior, sin límite alguno.

 

 

volver al indice de traslados