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sindicato
médico de euskadi
euskadiko sendagileen sindikatua
Osakidetza presenta su Plan de Normalización Lingüística
El SME ya ha realizado sus alegaciones
Tras una ronda de "negociaciones" del Plan de Normalización del Uso del Euskera, Osakidetza nos ha enviado un Borrador,[descargar] que denomina "Documento Definitivo", para que presentemos las alegaciones finales [ver abajo].
Debemos resaltar dos hechos significativos:
1) Osakidetza ha endurecido su postura en cuanto al nivel de exigencia del Euskera y en cuanto a su periodo de aplicación con respecto a borradores anteriores.
2) Como siempre que la Administración quiere tratar un tema en el que sospecha una cierta conflictividad social (baste recordar la puesta en práctica del Plan de Normalización Lingüística en Educación), se ha utilizado el periodo vacacional para intentar ultimarlo.
DE: SINDICATO MÉDICO DE EUSKADI
A: Dña. MĒ Jesús MÚGICA ANDUAGA
DIRECTORA DE RR. HH. DE OSAKIDETZA/S.V.S.
Bilbao, a 20 de Agosto de 2.002En relación al documento final sobre Normalización del uso del Euskera en Osakidetza recibido en este Sindicato con fecha 26 de Julio 2002, el SME realiza las siguientes alegaciones:
1. En la última reunión bilateral mantenida con Vd., en la que se abordaron diversos temas, quedamos pendientes de recibir el nuevo borrador del Decreto de Normalización, tras lo cual mantendríamos una nueva ronda negociadora. No nos parece correcto, en consecuencia, que se nos aporte un documento definitivo al cual solamente se pueden añadir las alegaciones finales.
Entendemos que la puesta en práctica del Decreto de Normalización debe dar la importancia adecuada a la aceptación social del mismo y de sus consecuencias, lo que redundará en una mayor y mejor utilización del euskera.
Dada la importancia del tema y sus repercusiones en el personal médico al que representamos, solicitamos de Vd. la convocatoria de esa reunión, pendiente, en la que podamos debatir sobre diversos puntos del documento, que le adelantamos a continuación.
2. Deben establecerse unos períodos de planificación superiores a los contemplados.
El período de planificación previsto en las ideas básicas, presentadas por esa Dirección en 1.998 era de 15 años en tres ciclos de 5 años; el borrador de propuesta de Decreto de fecha 19-06-00 reducía este período a 10 años en dos ciclos de 5 años; el documento definitivo reduce nuevamente este período a 6 años en dos ciclos de 3 años.
La solicitud de este Sindicato fue y sigue siendo que se contemple un período de 20 años en dos ciclos de 10 años cada uno.
3. Debe rebajarse el perfil lingüístico para el personal médico asistencial, establecido actualmente en el nivel 2.
4. Se deben preservar los derechos de los propietarios exentos del cumplimiento del régimen de preceptividad de los perfiles lingüísticos, en cuanto a posibilidades de traslado de sus plazas.
5. Se debe contemplar un régimen de exención para los interinos, similar al de los propietarios.
6. La desaparición del índice de obligado cumplimiento se traduce en la práctica en que éste sea del 100%.
7. Se debe negociar el número de plazas que deben cumplir con un perfil determinado al final del período de planificación, así como su correspondiente fecha de preceptividad, teniendo siempre presente el porcentaje de euskaldunes del ámbito territorial de actuación correspondiente.
8. El personal de PAC y UTE debe recibir el mismo tratamiento que el de Urgencias Hospitalarias, por lo que debe ser incluido en el segundo nivel de prioridad.
9. Al hablar de objetivos mínimos de uso del euskera se deben respetar las franjas de euskaldunes contempladas en el Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
10. En el actual documento se contempla que todos los puestos funcionales tendrán asignado su correspondiente perfil lingüístico, hecho que nos parece excesivo, por lo expresado en el punto 7.
11. La posibilidad de elección de médico o pediatra en centro distinto al que por zona les corresponda, contemplada con el fin de que los clientes puedan ejercer la opción de lengua relacional a favor del euskera, debe salvaguardar en todo momento los derechos que asisten al médico, en cuanto a que esta elección sea con mutuo acuerdo.
12. En la asignación de fecha de preceptividad a los efectivos no cubiertos por personal fijo se debe tener en cuenta lo expuesto en los puntos 2, 5 y 7 de este escrito.
13. En la asignación de fecha de preceptividad a los efectivos cubiertos por personal fijo se debe tener en cuenta lo expuesto en los puntos 2, 4 y 7 de este escrito.
14. En cuanto a los perfiles lingüísticos no preceptivos en los procesos selectivos de acceso o de provisión debe mantenerse que la valoración del euskera represente el porcentaje sobre la puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso, tal y como se contemplaba en el borrador de fecha 19-06-00 y no sobre el resto del proceso, como se establece en el actual documento.
15. La exención del cumplimiento del régimen general de preceptividad de los perfiles lingüísticos de Osakidetza para quienes superen la edad de 45 años debe ser de oficio, con conformidad del interesado, y sin necesidad de que sea ésta solicitada.
16. En relación con cualquiera de los procedimientos de exención, transcurridos 6 meses, el silencio administrativo debe entenderse como estimación de la solicitud de exención.
17. Lo que se contempla en el art. 24 del documento en cuanto al perfil 4, en el caso de no acreditarse éste por ninguno de los aspirantes, debe hacerse extensivo al resto de perfiles.
18. Detectamos una laguna en cuanto al procedimiento que se seguirá en aquellos casos en que no se acreditara el perfil, al vencimiento de la fecha de preceptividad, de aquellas plazas que la tuvieran.
19. En lo referente al apartado de participación sindical, las organizaciones sindicales representativas participarán tanto en la negociación del Plan de Euskera de Osakidetza como en el seguimiento y evaluación del mismo, así como en el proceso de asignación de las preceptividades.
20. Consideramos que, en el apartado de participación ciudadana, deben ser incluidos los Ayuntamientos afectados, como entidades que deben ser informadas de las actuaciones relativas al proceso de normalización del uso del euskera.Quedamos a la espera de su convocatoria para una reunión bilateral una vez finalicen sus vacaciones reglamentarias.
Para descargar las Alegaciones, en formato de Acrobat Reader
Para ver la propuesta de Decreto del Plan de Normalización Lingüística de Osakidetza, en formato de Acrobat Reader.
Informes relacionados:
Octubre 2002. Análisis del Borrador del Plan de Normalización Lingüística de Osakidetza y valoración del SME, (en formato de Acrobat Reader). [ver]