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Publicamos la información que nos ha remitido Osakidetza, respecto al disfrute de las vacaciones y días moscosos de aquellos compañeros que hayan obtenido plaza en esta OPE y vayan a cambir de plazaAsunto: cambio de organización de servicios del personal que toma posesión en la Oferta Pública de Empleo de 2002
Iniciado el proceso de adjudicación de destinos y toma de posesión de las distintas convocatorias de la Oferta Pública de Empleo de 2002, por la presente se establecen los criterios sobre las condiciones en las que se deberá llevara cabo la finalización de la relación con esta organización de servicios del personal que toma posesión y se incorpora a una plaza correspondiente a una organización de servicios distinta.
En este sentido, se ha destacar la distinta naturaleza jurídica de la relación existente entre el personal que accede a una plaza convocada en esta OPE a través del turno de Promoción Interna y de quienes han obtenido un destino a través del turno Libre.
En el caso de la Promoción Interna, a pesar de que la toma de posesión pueda suponer el cambio de organización de servicios, la relación de empleo con Osakidetza/Servicio Vasco de Salud continúa y se mantiene.
Sin embargo, en el supuesto del personal que participa mediante el Turno Libre, su relación de empleo anterior interina, sustituta o eventual finaliza e inicia una nueva relación de empleo fija con Osakidetza/Servicio Vasco de Salud.
Por ello, a continuación se establecen los criterios de disfrute de las vacaciones y licencias por asuntos particulares del personal que finaliza su relación con la organización de servicios en la que presta sus servicios y se incorpora a otra organización.
Quienes acceden a través del Turno de Promoción Interna y se incorporan a otra organización de servicios conservan el derecho de disfrute de la totalidad de las vacaciones y licencia por asuntos particulares correspondientes a 2004 y por tanto podrán disfrutarlas en la organización de servicios de destino.
La Dirección de Recursos Humanos de las organizaciones de servicios de origen deberá emitir a cada uno de los interesados un certificado en el que se recojan los días de licencia por asuntos particulares y de vacaciones correspondientes a 2004 que se encuentren pendientes de disfrutar.
- El personal que accede a través del Turno Libre debe en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 del Acuerdo de condiciones de trabajo del personal de Osakidetza/Servicio Vasco de Salud, disfrutar del periodo vacacional y la licencia por asuntos particulares que le correspondan en función de la duración de su relación de empleo en esta organización. En el caso de que este disfrute no sea posible, las vacaciones deberán ser excepcionalmente compensadas en metálico.