Sindicato Médico de Euskadi

El SME y SATSE recurren la sentencia del TSJPV, en la que se desestima
el pago de la cuota de colegiación por parte de Osakidetza



EL Tribunal entiende que no hay discriminación


El TSJPV ha decidido desestimar los argumentos del Conflicto Colectivo presentado por el Sindicato Médico Sindicato de Enfermería y ELA respecto al pago de las cuotas de colegiación.

Según se indica en la sentencia, no existe discriminación respecto a otros profesionales de la sanidad de otras comunidades autónomas, donde sí se han dictado sentencias favorables a los demandantes.

Asimismo, este tribunal afirma que el hecho de que médicos y ATS sean los únicos profesionales obligados a abonar esas cuotas de colegiación, no supone una discriminación, dado que así lo estipula la legislación autonómica sobre Colegios Profesionales, a la espera de un Decreto que lo regule.
Los sindicatos médico y de enfermería ya han interpuesto el anuncio de recurso ante el Tribunal Supremo, donde ya existen sentencias que corroboran lo que aquí se reclama.

En opinión de estos sindicatos, no hay ninguna razón objetiva que pueda justificar el que estos profesionales que trabajan en exclusiva para la Administración, tengan que abonar una cuotas que no se les exige al resto de los trabajadores.
La actitud de la Administración –afirman– es discriminatoria, con los profesionales de la Sanidad. Entendemos que es un gasto que se nos exige para trabajar en ella, que debe ser indemnizable, como otros muchos que sí son aceptados (dietas, desplazamientos…). Ello conlleva un enriquecimiento injusto de la entidad pública a nuestra costa.

El SME no cuestiona en este conflicto la Colegiación

El principal representante de los médicos en Osakidetza, recuerda que en ningún momento se ha cuestionado jurídicamente en este conflicto la colegiación. No entramos a valorar la conveniencia de la colegiación obligatoria.
Lo que planteamos es una demanda de tipo laboral: entendemos que este requisito imprescindible para trabajar en Osakidetza debe ser abonado a aquellos empleados que desarrollan su labor en exclusiva para la Administración.

 

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