Indefensión de los opositores ante la repetición de los exámenes de varias OPE
El 31 de Julio de 2018, el BOPV ha publicado tres Resoluciones por las que se procede a ordenar la repetición de los ejercicios de oposición correspondientes a tres categorías:
- Angiología y Cirugía Vascular (Resolución 754/2018)
- Anestesiología (Resolución 755/2018)
- Cardiología (Resolución 756/2018)
Estas Resoluciones proceden a dar cumplimiento a lo decidido por los respectivos tribunales, reunidos el 11 de Julio de 2018, que ha sido ordenar repeticiones de exámenes; en dos casos (Anestesiología y Angiología) tanto el “teórico” como el “práctico” y en el otro (Cardiología) solamente el “práctico”.
Era de esperar; es la primera consecuencia práctica del inmenso lío que se ha montado en esta OPE 2018 a causa de las irregularidades en algunas categorías, por todos conocidas. No está de más recordar que el Sindicato Médico, ha denunciado las sospechas existentes en esta OPE 2018 y que también publicamos resultados igualmente “peculiares” en varias especialidades de OPE anteriores, aunque, al parecer, el interés social y mediático no fue el mismo entonces.
Hay muchos perdedores en este asunto, unos porque se verán privados de unas notas lealmente obtenidas; otros porque han sido castigados con unos resultados injusta y artificialmente bajos y todos porque además de tener que repetir exámenes, está sufriendo nuestro prestigio profesional; es lo que puede suceder (y en esta ocasión ha sucedido) cuando se transgreden las normas y el juego limpio.
La ley es la ley y conviene respetarla, cosa que tampoco hacen las Resoluciones que comentamos al comienzo, pues dejan en indefensión a todos aquellos opositores que no estén conformes con la repetición del examen y quieran impugnar esas decisiones. En efecto, las Resoluciones se limitan a ordenar y disponer lo decidido en cada Tribunal, pero no mencionan las razones por las que se ha tomado esa medida tan importante y que afecta a todos y cada uno de los opositores, razones que suponemos apoyadas en el Estudio de Coherencia de Resultados ordenado por el Consejo de Administración de Osakidetza (Acuerdo del 4 de Junio de 2018) y en las conclusiones de los expedientes informativos abiertos por Osakidetza (Resoluciones 552, 556 y 558 de 2018). Los opositores desconocen ambas cosas; de ahí su indefensión.
Añadir una irregularidad sólo conseguirá enmarañar aún más si cabe, este desgraciado asunto.